Secretaría de la Función Pública
 
 
   
 
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VII. LOS SERVICIOS QUE OFRECEN
 

SERVICIOS QUE OFRECE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO NACIONAL DE PERINATOLOGÍA
CONTROL Y EVALUACIÓN Verificar el cumplimiento de las normas de control que emita la Secretaría, así como elaborar los proyectos de normas complementarias que se requieran en materia de control. Que las actividades de la entidad se ejecuten con apego a los lineamientos regulatorios establecidos. Artículo 64 fracción II inciso b) numeral 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. Instituto Nacional de Perinatología
Isidro Espinosa de los Reyes
Con motivo de las Intervenciones de Control que realiza el OIC, o al detectarse por cualquier otro medio. Que las funciones que realiza el Instituto Nacional de Perinatología se realicen dentro de la normatividad establecida.
Evaluar la suficiencia y efectividad de la estructura de control interno establecido, informando periódicamente el estado que guarda. Detectar debilidades de control en los diversos procesos que realiza el instituto. Artículo 64 fracción II inciso b) numeral 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública . Instituto Nacional de Perinatología Con motivo de las Intervenciones de Control, orientadas al fortalecimiento de los Procesos y al control Interno. El mejoramiento en los diversos procesos, logrando mayor eficiencia y eficacia en las operaciones que ejecuta la entidad.
Efectuar la evaluación de riesgos que pudieran obstaculizar el cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad. Identificar y analizar los factores que podrían afectar la consecución de los objetivos del instituto, de una, función, actividad o área, para darlos a conocer a los niveles de decisión y determinar la forma en que deben ser administrados los riesgos. Artículo 64 fracción II inciso b) numeral 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. Instituto Nacional de Perinatología
Isidro Espinosa de los Reyes
Con motivo de las Intervenciones de Control, en materia de evaluación de riesgos. Que se conozcan y se administren los riesgos, a efecto de minimizarlos y se logre la consecución de los objetivos de la institución.
Promover el fortalecimiento de una cultura de control al interior de la entidad, ubicando debidamente la responsabilidad sobre el control y capacitando al personal en la materia, a fin de asegurar en mayor grado el cumplimiento de las metas y objetivos. Convencer al titular y cuerpo directivo de la necesidad de la existencia de un ambiente de control propicio, que permita mejorar los procesos existentes y el logro adecuado de objetivos; mediante: A).-La adecuada actitud de la dirección ante el control. B).-La competencia e integridad del personal. C).-La vigilancia y evaluación de los sistemas de control. Artículo 64 fracción II inciso b) numeral 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. Instituto Nacional de Perinatología
Isidro Espinosa de los Reyes
De manera permanente. Que los recursos humanos del nosocomio participen activamente en el adecuado logro de los objetivos de la entidad. Cambio de actitud de los funcionarios públicos.

 

Ultima modificación:
Martes, Junio 10, 2008 18:25 Tecnologías de la Información